DERECHO SUPLETORIO______________________________
Esta Guía Laboral contiene
una recopilación de una parte de la extensa normativa aplicable
a los trabajadores de Metro. |
Las condiciones organizativas, económicas y de cualquier otro tipo establecidas en este Convenio, sustituyen a las vigentes hasta ahora en las materias aquí pactadas. En lo no previsto en el mismo se estará a lo que se acordó por la Empresa y los trabajadores en anteriores Convenios Colectivos, (Estatutarios y Extraestatutarios, sin perjuicio de que mantengan su respectiva naturaleza jurídica) Laudo de 1979, Arbitraje de 1981, Reglamentación de Trabajo y Reglamento de Régimen Interior, en la medida que continúan vigentes y, en su defecto, a la normativa general y sectorial que resulte aplicable a la Empresa.
(Art. 7 C.C.2004)